10 min read

La categoría EB-2 para México está «vigente»: claves del Boletín de Visas de marzo de 2026

En el Boletín de Visas de marzo de 2026, la categoría EB-2 figura como vigente para México y para todos los países, con excepción de India y China. Para los ciudadanos mexicanos que se encuentran en Estados Unidos, esto representa una oportunidad inmediata para avanzar en su proceso migratorio.

El boletín de marzo indica que la EB-2 está vigente en la tabla de Fechas para Presentar Solicitud (Dates for Filing) para México. USCIS ha confirmado que, durante marzo, esta tabla es la que rige la presentación de solicitudes de ajuste de estatus basadas en empleo.

Esta actualización es especialmente relevante para profesionales que ya presentaron una solicitud de EB-2 por Interés Nacional (NIW) o que están considerando hacerlo. Si eres un profesional mexicano en Estados Unidos, cuentas con una I-140 EB-2 NIW aprobada y mantienes un estatus migratorio válido, puedes presentar de inmediato el Formulario I-485, de Solicitud de Ajuste de Estatus.

¿Qué es la EB-2 NIW y a quién aplica? 

La categoría EB-2 es una vía de inmigración basada en empleo dirigida a profesionales con título avanzado o con capacidad excepcional en su campo.
Dentro de la EB-2, la Exención por Interés Nacional permite presentar la solicitud sin patrocinio de un empleador y sin certificación laboral.

Para calificar, el solicitante debe demostrar que su trabajo tiene mérito sustancial e importancia nacional, que está bien posicionado para impulsarlo y que la dispensa del requisito habitual de una oferta de empleo beneficiaría a Estados Unidos.

Para profesionales mexicanos especializados en áreas como medicina, ingeniería, investigación, tecnología, educación o emprendimientos, la EB-2 NIW ofrece un nivel de independencia que otras categorías basadas en empleo no contemplan.

Entender las dos tablas del Boletín de Visas

Cada mes, la sección EB-2 del Boletín de Visas publica dos tablas distintas: 

  • La tabla de Fechas de Acción Final determina cuándo puede aprobarse efectivamente la residencia permanente. 
  • La tabla de Fechas para Presentar Solicitud indica cuándo los solicitantes elegibles dentro de Estados Unidos pueden presentar el Formulario I-485, de Solicitud de Ajuste de Estatus. 

Para marzo de 2026, USCIS confirmó que aceptará solicitudes de ajuste de estatus conforme a la tabla de Fechas para Presentar Solicitud. Es el quinto mes consecutivo en que esta tabla rige las presentaciones basadas en empleo. 

Qué cambió en el Boletín de Visas de marzo de 2026

Para ciudadanos mexicanos, la tabla de Fechas para Presentar Solicitud pasó del 15 de octubre de 2024 a estar “vigente”, lo que significa que ya no existe una fecha límite para presentar el I-485 bajo esa tabla.

Al mismo tiempo, la tabla de Fechas de Acción Final avanzó del 1 de abril de 2024 al 15 de octubre de 2024, que es la fecha que actualmente determina cuándo puede aprobarse la residencia permanente.

Que la EB-2 esté “vigente” en la tabla de Fechas para Presentar Solicitud es el cambio con impacto más inmediato.

Quién puede presentar su solicitud en este momento

Para poder aprovechar el nuevo estado “vigente” de la EB-2 siendo un ciudadano mexicano, debes tener una solicitud I-140 EB-2 NIW aprobada y encontrarte físicamente en Estados Unidos.
Además, debes mantener un estatus no inmigrante válido, es decir, que tu categoría de visa actual esté debidamente mantenida y no haya vencido. También debes ser admisible a Estados Unidos o calificar para una exención de cualquier causal de inadmisibilidad.

Si cumples con todos estos requisitos, puedes presentar el Formulario I-485 ahora, sin importar tu fecha de prioridad.

Qué significa realmente que una categoría esté “vigente”

Cuando la EB-2 está vigente en la tabla de Fechas para Presentar Solicitud, no existe una fecha límite. Esto significa que cualquier ciudadano mexicano que cumpla con los requisitos mencionados puede presentar el I-485 de inmediato.

Es importante tener en cuenta que presentar el I-485 no significa que la residencia permanente será aprobada de inmediato.

Sin embargo, sí te permite solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) que no está vinculado a un empleador específico, así como un permiso adelantado de viaje (advance parole) para viajar al extranjero.

Para profesionales mexicanos con una solicitud de EB-2 NIW pendiente o aprobada, estos beneficios pueden brindar una flexibilidad y estabilidad importantes mientras el caso avanza hacia su aprobación final.

Qué implican en la práctica el EAD y el permiso de viaje anticipado (advance parole)

Al presentar el I-485, puedes solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Esta autorización de trabajo es independiente de tu empleador y de tu estatus migratorio actual.

Para profesionales con visa H-1B u otras categorías patrocinadas por empleador, esto puede representar un cambio significativo. Con un EAD, tu autorización de trabajo deja de estar exclusivamente vinculada a un empleador específico. Esto puede influir en la forma en que abordas cambios laborales, negociaciones o decisiones profesionales en general.

Con el permiso de viaje anticipado, puedes salir de Estados Unidos y regresar mientras tu I-485 está pendiente. Sin este permiso, salir del país mientras una solicitud de ajuste está en trámite puede provocar que se considere abandonada.

Para ciudadanos mexicanos que viajan con frecuencia por motivos laborales o familiares, obtener el permiso de viaje anticipado antes de cualquier viaje internacional es una parte esencial de la estrategia mientras el I-485 permanece pendiente.

Cabe señalar que muchos profesionales con estatus H-1B o L-1 optan por mantener ese estatus incluso después de presentar el I-485, ya que ofrece una capa adicional de protección. La forma en que gestiones tu estatus migratorio mientras tu ajuste de estatus está pendiente es una decisión estratégica que debe evaluarse según tus circunstancias particulares.

Presentar ahora vs. aprobación final

Presentar el I-485 y recibir la residencia permanente son dos etapas distintas. La aprobación final sigue dependiendo de la tabla de Fechas de Acción Final.

A partir de marzo de 2026, la fecha en esa tabla para México en la categoría EB-2 es el 15 de octubre de 2024. Esto significa que la aprobación final no será posible hasta que tu fecha de prioridad esté vigente conforme a esa tabla.

Aun así, muchos ciudadanos mexicanos pueden optar por presentar su trámite ahora. Esto les permite obtener beneficios provisionales y asegurar su lugar en la fila mientras esperan que su residencia permanente pueda aprobarse.

Por qué el momento es clave

El Boletín de Visas de marzo advierte que las fechas de las categorías pueden retroceder cuando se acercan a los límites anuales de visas disponibles. Cuando la EB-2 pasa a estar vigente para México, el volumen de solicitudes suele aumentar y las fechas pueden retroceder rápidamente y con poco aviso. Esto ya ha ocurrido antes, y no existe garantía de que la EB-2 se mantenga vigente para México hasta el cierre del año fiscal en septiembre de 2026.

En años anteriores, categorías que pasaron a estar vigentes o avanzaron de manera significativa experimentaron retrocesos dentro del mismo año fiscal, una vez que USCIS y el Departamento de Estado evaluaron el volumen real de solicitudes. En algunos casos el retroceso fue moderado; en otros, considerable. No existe un patrón predecible. Por eso, esta ventana representa una oportunidad que conviene analizar con atención si cumples con los requisitos.

Para profesionales mexicanos con estatus H-1B, L-1, O-1, F-1, E-2 u otro estatus válido en Estados Unidos, este puede ser uno de los periodos más favorables de los últimos meses para presentar su solicitud. No es posible anticipar cuánto tiempo permanecerá abierto.

Situaciones frecuentes que los solicitantes mexicanos deberían considerar

Cada caso es distinto, pero hay situaciones que se repiten con frecuencia entre ciudadanos mexicanos que están evaluando si presentar su trámite ahora.

Si tu I-140 aún está pendiente y no ha sido aprobado, no puedes presentar el I-485 todavía. Sin embargo, si se espera una aprobación próxima, puede ser conveniente preparar con anticipación el paquete de ajuste para actuar con rapidez una vez que la I-140 sea aprobado.

Si tuviste un período sin estatus migratorio válido, es fundamental revisar cuidadosamente tu caso antes de presentar el trámite. Una interrupción en el estatus puede afectar tu elegibilidad para ajustar estatus dentro de Estados Unidos y podría requerir análisis previo antes de presentar el I-485.

Si estás cerca del final de tu periodo autorizado bajo la H-1B o te preocupa el límite anual del cupo, un I-485 pendiente junto con un EAD pueden ofrecer una alternativa importante para mantener autorización de trabajo. Por esta razón, algunos profesionales optan por presentar su trámite tan pronto como son elegibles, en lugar de esperar.

Si tienes cónyuge o hijos en Estados Unidos, podrían presentar el trámite como beneficiarios derivados al mismo tiempo, lo que les permitiría acceder a los mismos beneficios provisionales.

Aspectos que los solicitantes mexicanos deberían revisar

Los ciudadanos mexicanos con una I-140 EB-2 NIW aprobada y que mantienen un estatus de no inmigrante válido deberían evaluar cuidadosamente si cumplen con las condiciones para solicitar el ajuste de estatus.

Entre los factores clave se encuentran haber mantenido el estatus sin interrupciones, la elegibilidad del cónyuge e hijos como beneficiarios derivados, la planificación de viajes internacionales y contar con los documentos civiles y el examen médico debidamente preparados.

Incluso los casos que parecen sencillos pueden incluir detalles que conviene revisar cuidadosamente antes de presentar.

Si aún estás evaluando la vía EB-2 NIW

Que la EB-2 esté vigente en el boletín de visas de marzo cambia el panorama para ciudadanos mexicanos que consideran la EB-2 NIW. Si todavía no has presentado una solicitud de EB-2 NIW, este puede ser un momento clave para evaluar si tiene sentido avanzar con el trámite. El sistema de inmigración basado en empleo puede cambiar rápidamente y esta ventana podría no permanecer abierta por mucho tiempo.

Si deseas saber si esta oportunidad aplica a tu situación, te ofrecemos una evaluación gratuita de perfil EB-2 NIW. Podemos orientarte para determinar si este es el momento adecuado para avanzar.

Para un análisis más amplio sobre lo que implica el Boletín de visas de marzo de 2026 en las distintas categorías basadas en empleo, consulta nuestro artículo:
Boletín de visas de marzo de 2026: EB-2 vigente en Fechas para Presentar Solicitud.

Comprueba si cumples con los requisitos

Solicita tu evaluación gratuita EB-2 NIW hoy mismo.

Evaluar Mi Perfil

Artículos Relacionados

EB-2 NIW

Boletín de Visas de agosto de 2026: la categoría EB-2 sigue “vigente”

EB-2 NIW

EB-2 NIW para profesionales de IA y ciberseguridad: qué significa la nueva Orden Ejecutiva sobre Seguridad e Inteligencia Artificial 

chambers

Colombo & Hurd es reconocida entre los principales bufetes de inmigración del país en la Guía Chambers USA 2026

J-1 a la O-1

J-1 a Visa O-1: Elegibilidad, Proceso y Consideraciones sobre la Sección 212(e)

Visa TN a O-1 para ciudadanos mexicanos: requisitos y estrategia para la transición

Transición de una visa de estudiante F-1 a una visa O-1